Consultan a personas con discapacidad Proyecto de Autonomía Personal
Por Depto. Comunicación CNREE
El 8 de abril, la Comisión de Asuntos Sociales, presidida por la diputada Alicia Fournier Vargas, organizó con el apoyo del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE), ente rector en discapacidad, una consulta a las organizaciones de personas con discapacidad sobre el Proyecto de Ley de Autonomía Personal Nª17305. Esta acción constituye una muestra de las funciones rectoras del CNREE y una excelente oportunidad para brindar otro espacio de participación política esta población.
“Este tipo de consultas se fundamenta en lo planteado en la legislación nacional e internacional. Los insumos obtenidos formarán parte de las propuestas presentadas para la valoración de las y los diputados que integran la Comisión”, indicó Adriana Retana Salazar, directora ejecutiva del CNREE.
Tanto la ley 7600 como la 8661 establecen la obligatoriedad de la consulta de la siguiente manera:
“Artículo 13.-Obligación de consultar a organizaciones de personas con discapacidad: Las organizaciones de personas con discapacidad legalmente constituidas deben ser consultadas por parte de las instituciones encargadas de planificar, ejecutar y evaluar servicios y acciones relacionadas con la discapacidad” (Ley 7600).
“Artículo 4: Obligaciones generales…: 5) En la elaboración y aplicación de legislación y políticas para hacer efectiva la presente Convención, y en otros proceso de adopción de decisiones sobre cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad, los Estados Partes celebrarán consultas estrechas y colaborarán activamente con las personas con discapacidad, incluidos los niños y las niñas con discapacidad, a través de sus organizaciones” (Ley 8661).
El Proyecto de Autonomía Personal fue presentado a la Asamblea Legislativa para su valoración el 3 de marzo del 2009, razón por la cual la Junta Directiva del CNREE realizó el 19 de marzo del 2009, la sesión extraordinaria número 941, en la cual se trató como punto único el Análisis y criterio legal del Proyecto de Ley de Autonomía Personal.
En esa ocasión, el órgano máximo del ente rector en discapacidad, mediante acuerdo JD-1658-09 manifestó “estar de acuerdo con el paradigma de la Autonomía Personal de las personas con discapacidad. No obstante, declara su desacuerdo con algunos de los contenidos, de forma y de fondo, de la propuesta de proyecto de ley remitida a la Asamblea Legislativa”
El 20 de marzo del 2009 fue enviada nota al Señor Francisco Antonio Pacheco, Presidente de la Asamblea en ese entonces, manifestando lo dicho anteriormente. Simultáneamente la institución comenzó a trabajar en un texto del proyecto que incorporara los puntos de vista del Consejo en aras de velar por el mejor respeto a los derechos de la población con discapacidad.
En la Sesión ordinaria celebrada el jueves 10 de setiembre 2009, la Junta Directiva aprueba el texto sustitutivo del Proyecto de Ley de Autonomía Personal y se instruye a la Dirección Ejecutiva para que lo remita a la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa.
El texto sustitutivo que hace mención este acuerdo fue elaborado por los abogados de la institución basándose en el análisis realizado por el Departamento Técnico y las asesorías de Planificación y Jurídica, quienes presentaron ante los miembros de Junta Directiva sus apreciaciones en la sesión extraordinaria ya mencionada.
El documento fue enviado el 5 de noviembre del 2009 a la presidenta de la Comisión de Asuntos Sociales, que en ese momento era la Sra. Ofelia Taitelbaum Yoselewich.
Asamblea Legislativa 2010-2014
La actual Asamblea Legislativa retoma el tema en la Comisión de Asuntos Sociales, analiza la documentación que posee el expediente del proyecto, elabora un texto sustitutivo retomando elementos del documento presentado por el CNREE, e incluyendo otros que los señores y señoras diputadas consideraron oportunos. Una vez realizado lo anterior se procede a consultar a las instituciones involucradas y demás actores.
Igual que al resto de las instituciones del aparato Estatal a quienes el tema les compete, la Asamblea Legislativa envía la consulta a nuestra institución y por ello en la sesión 982 (Acuerdo JD-1968-10) celebrada el 9 de diciembre del 2010 la Junta Directiva acuerda: “Se acuerda modificar el artículo 56 del Proyecto de Ley de Autonomía de las Personas con Discapacidad en los siguientes términos:
“ARTÍCULO 56.- Se reforma el artículo 1 de la Ley No. 5347, Ley de Creación del Consejo nacional de rehabilitación y educación especial, del 3 de septiembre de 1973. El texto dirá:
“ARTICULO 1. -Transfórmese el Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial, creado mediante Ley Nº 5347 del 03 de setiembre de 1973, en el Consejo Nacional de Discapacidad, en adelante CONADIS, como una institución de derecho público, con personería jurídica y patrimonio propios e independencia administrativa, la cual fungirá como ente rector encargado de definir la política general en discapacidad y fiscalizar que los programas, planes, acciones y servicios dirigidos a la población con discapacidad, ofrezcan las oportunidades y condiciones necesarias para el cumplimiento de todos los derechos y deberes de las personas con discapacidad.”
Asimismo se acuerda delegar a la Dirección Ejecutiva para que realice las observaciones al proyecto, de manera que se resuelva la situación de las personas con discapacidad con necesidades de apoyos prolongados (curatela) y el traslado de los recursos del PSCF en forma ordenada al Instituto de Autonomía Personal”.
Este acuerdo evidencia el compromiso de la Junta Directiva por velar por los intereses de las personas con discapacidad, los funcionarios de la institución y de la institución misma.
Con ese mandato la Dirección Ejecutiva solicita a la Asesoría Jurídica nuevamente el análisis del texto y su criterio al respecto, por lo que se presenta una propuesta de mejora que además de modificar el artículo 56, tal y como lo indica el acuerdo anterior, señala:
1. La inclusión de un nuevo artículo n° 17 “Asistencia para el ejercicio de la capacidad de actuar”; con el fin de proteger el ejercicio de la capacidad jurídica de actuar de las personas con discapacidad.
2. Además se reformula el artículo n° 36 “Traslados de Recursos” con el objetivo de garantizar la sostenibilidad del instituto.
La propuesta institucional para este artículo n° 36 es:
“Artículo 36.-Traslado de recursos
Todos los bienes muebles e inmuebles, recursos financieros y el personal del Patronato Nacional de Rehabilitación, los recursos financieros establecidos en el inciso f) del artículo 15 de la Ley N°7972, utilizados en el Programa de Convivencia Familiar del Consejo Nacional de Rehabilitación y educación especial pasan a ser parte del Instituto.”
El 24 de enero del 2011 se envía nota a la Asamblea Legislativa con el criterio jurídico correspondiente, en el cual se justifican los cambios propuestos.
Una vez que finalice este periodo de consulta, la Comisión de Asuntos Sociales analizará las propuestas presentadas e incluirá en el texto todo aquello que considere pertinente y que no tenga roces de inconstitucionalidad. Posterior a ello lo dictaminará y enviará a la corriente parlamentaria, en la cual debe continuar el mismo proceso que el resto de los proyectos, para llegar a ser discutido por las y los diputados.